Código
Sustancia
Cantidad Umbral (Toneladas)
SI
NO
(*) NOTA: CANTIDAD UMBRAL: DESIGNA RESPECTO DE UNA SUSTANCIA O CATEGORÍA DE SUSTANCIAS PELIGROSAS LA CANTIDAD FIJADA PARA CADA ESTABLECIMIENTO POR LA LEGISLACIÓN NACIONAL CON REFERENCIA A CONDICIONES ESPECÍFICAS QUE, SI SE SOBREPASA, IDENTIFICA UNA INSTALACIÓN EXPUESTA A RIESGOS DE ACCIDENTES MAYORES.
LA CANTIDAD UMBRAL SE REFIERE A CADA ESTABLECIMIENTO.
LAS CANTIDADES UMBRALES SON LAS MÁXIMAS QUE ESTÉN PRESENTES, O PUEDAN ESTARLO, EN UN MOMENTO DADO.